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¿En qué consiste la nueva tarifa TUR de gas para comunidades de vecinos?
¿Sabías que la nueva tarifa TUR está regulada por el Gobierno para reducir los costes del mercado energético? En este post te contamos qué es y qué ventajas ofrece a tu comunidad vecinal.
No cabe duda de que una de las preocupaciones que más inquietan a los ciudadanos españoles es el actual aumento de los costes de la luz y el gas. Por esta razón, cada vez son más los consumidores que optan por tarifas planas o reguladas. De hecho, recientemente el Gobierno español ha lanzado la Tarifa de último recurso (TUR), que pertenece al mercado regulado y cuyo importe está regularizado por la Administración general del Estado. ¿Qué es la Tarifa de Último Recurso (TUR)? El 18 de octubre fue aprobado el Real Decreto-ley 18/2022 que recoge las tarifas reguladas de gas natural diseñadas para las calderas comunitarias. Con esta intención se ha creado la nueva tarifa TUR, regulada por el Gobierno de España, que pretende ayudar a las comunidades de vecinos con calderas comunitarias a reducir los elevados costes del mercado energético. Esta tarifa entra en vigor este mismo año. ¿Qué características presenta la tarifa TUR de ahorro vecinal? Es posible que para muchas personas esta nueva tarifa TUR sea todavía una gran desconocida. Por ello, a continuación, te vamos a explicar con detalle en qué consiste. Hoy en día, se pueden diferenciar dos tipos de tarificación de energía en España: por un lado el mercado libre y por otro el mercado regulado. Este último caso, al contrario que el mercado libre, establece unos límites en el incremento de los precios y es donde se encuentra la tarifa TUR. Es decir, en el mercado libre cada comercializadora fija el precio dependiendo del contrato del cliente, a diferencia del regulado, que está controlado por el Gobierno y es quién se encarga de sentar los precios energéticos. ¿Qué tipos de Tarifas de Último Recurso existen? Como bien indicamos antes, en el mercado regulado se encuentra la tarifa TUR y se distinguen tres tipos en función del consumo de Kilovatios de la vivienda:- TUR 1 (hasta 5.000 kWh/año): orientada a hogares donde solo se utiliza el gas para calentar el agua o cocinar.
- TUR 2 (hasta 15.000 kWh/año): orientada a hogares con agua caliente, cocina y calefacción de gas.
- TUR 3 (hasta 50.000 kWh/año): orientada a empresas y hogares que tienen un elevado consumo de agua caliente, calefacción y cocina.
- La comunidad deberá haber realizado en plazo la inspección de eficiencia energética con resultado positivo. Según indica el artículo 31 del Real Decreto 1027/2007, en el que se establece la aprobación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
- Deberá mantener al día el pago de todas las obligaciones económicas acordadas con la comercializadora actual.
- Todas las viviendas han de disponer de contadores individuales de calefacción o repartidores de costes siempre que las instalaciones térmicas no se encuentren eximidas de esta obligación por inviabilidad técnica (Real Decreto 736/2020 del 4 de agosto).
- Tras la instalación de contadores unitarios o repartidores de coste, se deberá aplicar un coste unitario calculado en base a la tarifa aplicada para la calefacción y el agua caliente.
- Entregar una solicitud de traslado a la Tarifa de Último Recurso (TUR) a la compañía que te corresponda.
- Adjuntar una declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos.
- Agregar el certificado de la inspección de eficiencia energética con resultado positivo.
- Mostrar un proyecto con la instalación de contadores unitarios de calefacción o de repartidores de costes.
- Enviar toda esta documentación, junto con la solicitud, a la Comercializadora de Último Recurso (CUR) de la actual compañía energética. Si no cuenta con una CUR de gas, se deberá remitir la solicitud a aquella comercializadora CUR que tenga una mayor cuota de mercado en la comunidad autónoma donde se encuentre la comunidad de vecinos
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